¿Te ha llegado un requerimiento de la AEAT? Suelen ser 10 días hábiles — abajo calculamos el tuyo.
Te ha escrito Hacienda.
Respira. Esto tiene solución.
Un requerimiento no es una sanción: es una pregunta con plazo. La mayoría se resuelven sin pagar un euro de más — si la respuesta llega a tiempo y bien fundamentada. Sube el PDF y mañana tienes tu borrador de contestación: cada frase respaldada por la ley y por tus propios papeles. Fundamento, que es lo único que Hacienda escucha.
te lo decimos claro y te devolvemos el dinero.
Servicio privado e independiente — no afiliado a la AEAT ni a ningún organismo público.
Mira cómo queda un borrador (ejemplo, 5 citas verificadas)→
Contestación a requerimiento
Ref.ª de ejemplo · Comprobación limitada · IVA 4T
verificadas
PRIMERA. — Sobre la diferencia en las cuotas de IVA soportado señalada por la Oficina de Gestión.
La diferencia corresponde a la factura rectificativa n.º R-2025/114, emitida conforme al artículo 89.Uno de la Ley 37/1992 y al artículo 15 del Real Decreto 1619/2012,LIVA · art. 89.Uno
cuya copia se acompaña como documento n.º 2, debidamente registrada en el Libro de facturas recibidas del cuarto trimestre. La deducción resulta procedente conforme a los artículos 92 y 97 de la misma Ley.LIVA · arts. 92 y 97
SEGUNDA. — El presente escrito se presenta dentro del plazo de diez días hábiles señalado en el requerimiento,LGT · art. 138.2
aportándose la documentación solicitada, en cumplimiento de la carga probatoria del artículo 105.1 de la Ley General Tributaria.LGT · art. 105.1
Por lo expuesto, SOLICITA: que se tenga por atendido el requerimiento en tiempo y forma y se declare que no procede regularizar la situación tributaria.LGT · art. 139.2.d)
En Madrid, a 12 de enero de 2026. — Fdo.: ______________
Contestación a requerimiento
Ref.ª de ejemplo · Comprobación limitada · IVA 4T
verificadas
PRIMERA. — Sobre la diferencia en las cuotas de IVA soportado señalada por la Oficina de Gestión.
La diferencia corresponde a la factura rectificativa n.º R-2025/114, emitida conforme al artículo 89.Uno de la Ley 37/1992 y al artículo 15 del Real Decreto 1619/2012,LIVA · art. 89.Uno
cuya copia se acompaña como documento n.º 2, debidamente registrada en el Libro de facturas recibidas del cuarto trimestre. La deducción resulta procedente conforme a los artículos 92 y 97 de la misma Ley.LIVA · arts. 92 y 97
SEGUNDA. — El presente escrito se presenta dentro del plazo de diez días hábiles señalado en el requerimiento,LGT · art. 138.2
aportándose la documentación solicitada, en cumplimiento de la carga probatoria del artículo 105.1 de la Ley General Tributaria.LGT · art. 105.1
Por lo expuesto, SOLICITA: que se tenga por atendido el requerimiento en tiempo y forma y se declare que no procede regularizar la situación tributaria.LGT · art. 139.2.d)
En Madrid, a 12 de enero de 2026. — Fdo.: ______________
Primero: los errores que salen caros
Lo que NO deberías hacer
Ignorarlo
El plazo corre desde la notificación y acaba en liquidación con sanción. No se pausa.
Contestar con un chat genérico
Inventa artículos y no lee tu expediente. Ante Hacienda, una cita falsa es peor que el silencio.
Pagar sin comprobarlo
Hacienda también se equivoca. Antes de aceptar una propuesta, mira si tu expediente la desmonta.
Pagar 300 € antes de saber si es simple
La mayoría de requerimientos se resuelven con una contestación bien fundamentada. Empieza por 29 €.
Tu plan, en tres pasos
Hoy — 10 minutos
Sube el PDF del requerimiento y, si la tienes, tu documentación (facturas, libros). Y a otra cosa.
Mañana — en tu email
Tu borrador de contestación, donde cada afirmación cita la ley y la página de tus documentos. En cristiano: por qué tienes razón, con pruebas.
Antes del día 10 — presentas
Lo revisas tú (o tu gestor, si tienes) y lo presentas en la sede electrónica — presentar es gratis. Te dejamos las instrucciones exactas, paso a paso.
Cuánto cuesta (y cuándo no te cobramos)
Autónomos y particulares
29 € /expediente
- — Borrador citado, mañana en tu email (24 h laborables)
- — Instrucciones paso a paso para presentarlo en la web de Hacienda — presentar es gratis
- — Pago único. Sin suscripciones raras.
- — Si no hay caso, te lo decimos claro y te devolvemos los 29 €
¿Eres gestoría o asesoría? Nosotros redactamos, tu técnico revisa y firma. Primer expediente gratis →
Quítatelo de la cabeza hoy
Dinos cuándo te llegó la notificación y te calculamos el plazo exacto — casi seguro que llegas.
Quién está detrás
Una persona, no un call center
Me llamo David Becerra (NIF 78004342A — lo tienes también en el pie de página y en las condiciones). Cada expediente pasa por mis manos, y si el tuyo no tiene fundamento para alegar, te lo digo y te devuelvo los 29 €: prefiero perder un expediente que hacerte perder tu plazo. Si dudas antes de pagar, escríbeme a info@descargo.es — contesta una persona.
Las preguntas que nos hacen siempre
¿Por qué no lo hago con ChatGPT?
Puedes — pero un chat genérico inventa artículos y no lee tu expediente completo. Nuestro sistema no puede escribir una frase sin fuente verificada: si no encuentra el artículo o el documento que la sustenta, no la escribe. Ante Hacienda, esa diferencia es una sanción.
¿Y si contesto mal y lo empeoro?
Contestar con fundamento no empeora tu expediente: lo que lo empeora es no contestar, o afirmar cosas que no puedes probar. Por eso cada frase del borrador lleva su fuente al lado — para que tú o tu asesor la comprobéis antes de presentar nada.
¿Esto sustituye a mi gestor?
No, y no queremos. Es un borrador fundamentado para que tú o tu asesor lo reviséis y presentéis: ahorra las 2-3 horas de redacción, no el criterio profesional.
¿Y si mi expediente no tiene fundamento para alegar?
Entonces no te dejamos pagar por un papel inútil: te lo decimos claro y te devolvemos el importe íntegro. “Fundamento” significa que existe un artículo de ley o un documento tuyo que sostiene la respuesta; sin eso, no hay escrito que valga. No garantizamos el resultado del procedimiento — nadie honesto puede.
¿Qué hacéis con mis documentos?
Se guardan cifrados en la UE y se eliminan a los 30 días. Los lee una persona para redactar tu borrador — nadie más, y para nada más. Responsable: David Becerra (NIF 78004342A); tienes la política completa en el pie de página.
Gestorías y asesorías
Nosotros redactamos.
Tu técnico revisa y firma.
99 € /mes
- — 10 expedientes/mes · 5,90 € el adicional
- — Prioridad: borradores en 12 h
- — Encargo de tratamiento RGPD (art. 28) firmado
- — Con la trazabilidad de citas a la vista, para revisar en minutos
El primer expediente corre de nuestra cuenta — así ves el nivel antes de decidir.